Derecho de uso de instalaciones implementadas para accesibilidad

Propiedad horizontal y barreras arquitectónicas es un tema de gran relevancia en las comunidades de vecinos. En ocasiones, es necesario instalar una plataforma para solucionar los problemas de acceso de una persona con discapacidad. El funcionamiento de dicha plataforma se activa mediante llave, lo que puede generar cierta controversia: ¿es un uso exclusivo para la persona en cuya virtud se instaló, o se podría hacer extensivo a otros vecinos que encuentren útil su instalación en distintas situaciones cotidianas, como el caso de los carritos de bebé u otros?

Consenso generalizado: instalación como elemento común

La opinión más generalizada es considerar que todos los vecinos tienen derecho a tener llaves de la plataforma cuando una situación concreta les presenta un problema de movilidad en el edificio. Esta instalación pasa a ser un elemento común del edificio, tal y como la normativa se refiere a las instalaciones de accesibilidad. Aunque su objetivo principal es evitar problemas de movilidad, no se excluye explícitamente a ningún propietario de su uso.

Acceso universal: Un derecho de todos los propietarios

Por consiguiente, todos los propietarios tienen derecho a dichas llaves y acceso. Además, es importante tener en cuenta que pueden haber visitantes del edificio con problemas de movilidad que también necesiten hacer uso de la plataforma. El régimen de uso de dicha instalación puede regularse mediante una reglamentación de uso. En cualquier caso, con un acuerdo mayoritario de los vecinos, se puede decidir cómo utilizarla, ya que se trata de un elemento común y no privativo.

FAQ

1. ¿Pueden los vecinos sin problemas de movilidad usar las instalaciones implementadas en las zonas comunes?

Sí, la opinión más admitida es que todos los vecinos tienen derecho a usar la plataforma de accesibilidad cuando una situación concreta les plantea un problema de movilidad en el edificio.

2. ¿Quiénes tienen derecho a las llaves de la plataforma de accesibilidad?

Todos los propietarios tienen derecho a las llaves de la plataforma, ya que se considera un elemento común del edificio.

3. ¿Pueden los visitantes del edificio con problemas de movilidad usar la plataforma de accesibilidad?

Sí, se debe entender que pueden haber visitantes del edificio con problemas de movilidad que también necesiten hacer uso de la plataforma.

4. ¿Cómo se puede regular el uso de la plataforma de accesibilidad?

El uso de la plataforma puede regularse mediante una reglamentación de uso. No obstante, con un acuerdo mayoritario de los vecinos, se puede decidir cómo utilizarla.

En Habitat Catalunya, somos conscientes de la importancia de la accesibilidad y la equidad en las propiedades horizontales. Por eso, nos esforzamos por proporcionar información precisa, actualizada y de valor, siempre basada en la confianza y la experiencia. La calidad de la presentación y la ausencia de elementos que puedan distraer son fundamentales para nosotros. Además, creemos en un enfoque orientado a las personas, demostrando nuestra experiencia de primera mano y enfocándonos en una experiencia de usuario satisfactoria.

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David Ferrando - Gerente